Publicado por Mikel Urruti
Mini-jobs= infra empleos que esclavizan |
Comenzamos
el curso de nuevo y ya tenemos a las puertas una nueva reforma previsible,
contrapartida otra vez de los auxilios financieros europeos. Ahora se insinúan
modificaciones en torno a las pensiones, el seguro del desempleo y las
necesarias para hacer posible los llamados minis-jobs, mini-empleos.
A estos
ultimos les avala el aparente beneficio que han logrado en Alemania. Es cierto
que hace unos meses el Gobierno del PP rechazó esta posibilidad pero como hemos
comprobado todos, eso no es ninguna garantia de que no lo implanten si la realidad lo exige, y a la realidad se
le pinta como convenga.
En Alemania
la introduccion de este tipo de contrato se produjó en 1999. En lo sustancial
son trabajos con sueldo reducido (400 €), y en la actualidad no poesee
limitación de horas semanales (hasta el 2003 eran un maximo de 15 horas semanles). Además el
empresario paga una cantidad global del 30% del sueldo, menor que la de otros
trabajos, en concepto de jubilacion, enfermedad e impuestos mientras que el
trabajador no está obligado a pagar ni impuestos, ni cuotas a la Seguridad
Social, diferencia sustancial con la regulacion actual española. Los
trabajadores pueden tener más de un mini/empleo y se puede compaginar con otras
prestaciones del Estado
Cuando oímos
mini asociado a un concepto (mini-falda, mini-movil, por ejemplo) percibimos
esas situaciones como ejemplos de esa categoria pero de menor tamaño, aunque
sin perder las caracteristicas del grupo. Sin embargo, los mini/jobs no son empleos
más pequeños, ya existen en nuestro derecho los contratos a tiempo parcial sin
limites de horas hacia abajo, sino infraempleos que no permiten subsistir al
trabajador.
Tres son las
virtualidades de estos minisjobs; por un lado maquillan las cifras del paro,
pero sin que el trabajar saque a la persona de la pobreza. Por otro reducen la
cuantia de los costes laborales, perpetrando un verdadero dumping social frente
a otros paises. Y por último, de facto, incrementan la superioridad factica del
empresario, pues por debajo o por encima de las horas pactadas estas se
acumularán en la practica y en negro, dada la escasez retributiva de estos
empleos.
Para evaluar
el impacto de estos trabajos debe tenerse en cuanta que por los datos de
Alemania los mismos no sirven para que el trabajador enlaze con un trabajo a
tiempo compelto, sino que perpetuan al trabajador en ese estadio inferior.
Ademças, la mayoria de los sujetos contratados con estos infraempleos son
mujeres el 62,5%, por lo que desde un punto de vista de la igualdad de género
puede percibirse su sesgo discriminatorio.
Los efectos
beneficios de estos empleos son pura ideologia, pues en los sutancial impone
peores condiciones de trabajo y empleo a los trabajadores más precarios, mientras beneficia a los
empresarios.
Esa es la realidad que se quiere construir; un
mundo con mini derechos laborales y
superpoderes empresariales, un nuevo contrato social más beneficiosos para
el capital
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